Con el otorgamiento de un efecto eximente o atenuante de la responsabilidad penal se ofrece un incentivo muy interesante para que las empresas se esfuercen en adoptar e implantar adecuadamente programas de cumplimiento. Se suele admitir que fomentar la autorregulación de las personas jurídi-cas puede ser un instrumento eficaz para dificultar y, por tanto, para prevenir la comisión de delitos por sus representantes legales, dirigentes y empleados. Hacerlo a través del Derecho Penal, convertido en un instrumento promocional de una suerte de nueva cultura de los negocios, ya es algo mucho más cuestionable. No tanto porque sea criticable que la empresa se vea sometida al yugo del Derecho Penal si no lo hace, pues lo cierto es que no hay ninguna sanción penal directamente aplicable por carecer de un programa de cumplimiento, como tampoco la hay por tenerlo y no aplicarlo adecuadamente.
By granting a criminal liability exemption or mitigation effect, a very interesting incentive is offered for companies to strive to adopt and properly implement compliance programs. It is often assumed that promoting self-regulation of legal entities can be an effective tool for preventing the commission of crimes by legal representatives, leaders and employees. To do so through criminal law, transformed into a promotional instrument for a kind of new corporate culture, is already much more question-able. Not so much because it is objectionable that the company is subject to the yoke of the Criminal Law if it does not, but because the truth is that there is no directly applicable criminal penalty for lack of a compliance program.