Los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer y el Derecho al Juez Ordinario Predeterminado por la Ley

Revista Internacional CONSINTER de Direito

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ISSN: 2183-9522
Editor Chefe: Luiz Augusto de Oliveira Junior
Início Publicação: 30/06/2015
Periodicidade: Semestral
Área de Estudo: Direito

Los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer y el Derecho al Juez Ordinario Predeterminado por la Ley

Ano: 2022 | Volume: 8 | Número: 15
Autores: S. C. Fernández
Autor Correspondente: S. C. Fernández | [email protected]

Palavras-chave: juez legal, imparcialidad, violencia de género, independencia

Resumos Cadastrados

Resumo Inglês:

Organic Law 1/2004, of December 28, 2004, on Comprehensive Protection Measures against Gender Violence created the Courts for Violence against Women, specialized courts which are exclusively responsible for hearing civil and criminal disputes arising in the area of gender violence. The starting hypothesis stems from the doubts raised by the doctrine about the possible constitutionality of these Courts in relation to the provisions of the fundamental right to a legal judge recognized in Art. 24 of the Constitution. It should not be forgotten that this right not only requires a law that creates the jurisdictional court, but also requires, in order to guarantee the impartiality and, above all, the independence required of any jurisdictional body, the generic and a priori determination of the competence, as well as the legal predetermination of the rules of composition of the court. The purpose of this paper is to analyze the possible violation of this fundamental right in view of the fact that the competence of such Courts has been determined according to the sex of the victim of the crime. In order to carry out this work, we have proceeded to analyze the legislation, the most relevant doctrine on the subject, as well as the jurisprudence, both constitutional and minor, which deals with the right in question, using a deductive methodology. It is concluded as a result, that our legislator was not very careful with the respect to the fundamental right enunciated violating it.



Resumo Espanhol:

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género creó los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, unos órganos especializados para el conocimiento de aquellos conflictos civiles y penales que se susciten en el ámbito de la violencia de género. La hipótesis de partida proviene de las dudas planteadas por la doctrina acerca de la posible constitucionalidad de dichos órganos en relación con las previsiones del derecho fundamental al juez legal reconocido en el art. 24 de la Constitución. No hay que olvidar que dicho derecho no solo exige de una ley que cree el órgano jurisdiccional, sino que además requiere, para garantizar la imparcialidad, y sobre todo la independencia, exigibles a cualquier órgano jurisdiccional, de la determinación genérica y apriorística de la competencia, así como la predeterminación legal de las normas de composición del órgano. El objetivo del presente trabajo es analizar la posible vulneración de dicho derecho fundamental a la vista de que la competencia de tales Juzgados ha sido determinada en función del sexo de la víctima del delito. Para la realización del presente trabajo se ha procedido al análisis de la legislación, la doctrina más relevante sobre el tema, así como de la jurisprudencia, tanto constitucional como menor, que trata el derecho en cuestión habiendo hecho uso de una metodología deductiva para el desarrollo del trabajo. Se concluye como resultado, que nuestro legislador no fue muy cuidadoso con el respeto al derecho fundamental enunciado vulnerando el mismo